Regulación
8.6
Dispersión en límite, dispersión en zanja y dispersión en borde
1. Dispersión en límite según la normativa
de abonado (Fig. 57):
En el límite del campo hay una calle, un camino
o una parcela que no pertenece al usuario.
Según la normativa de abonado, ninguna partí-
cula de abono puede caer fuera del borde de la
parcela,
2. Dispersión en zanja según la normativa
de abonado (Fig. 58):
Si en el límite del campo hay aguas o una zanja.
La normativa de abonado establece que:
•
ninguna partícula de abono puede caer
más allá de un metro antes del límite
(si se utilizan dispositivos para dispersión
en límite).
•
ninguna partícula de abono puede caer
más allá de tres metros antes del límite
(si no se utilizan dispositivos para disper-
sión en límite).
•
se debe evitar la percolación y la escorren-
tía (p. ej., en corrientes de agua superficia-
les).
3. Dispersión en borde (Fig. 59):
El terreno colindante es una superficie de uso
agrícola. Es admisible que una pequeña canti-
dad de abono caiga fuera del límite del campo.
La distribución de abono en el interior del campo
también sigue siendo muy similar a la cantidad
nominal en el borde del campo. Una pequeña
cantidad de abono cae fuera del límite del cam-
po.
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Fig. 59
Fig. 60
Fig. 61
ZG-TS BAG0102.10 03.18