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El trabajo con la carretilla
4.1
Normas de seguridad para la circulación
Trayectos transitables y zonas de trabajo: sólo está permitido conducir por las
vías y caminos autorizados para la circulación. Las terceras personas no autorizadas
deben permanecer alejadas de la zona de trabajo. La carga sólo puede ser
almacenada en los lugares previstos para ello.
Comportamiento durante la marcha: el conductor debe adaptar la velocidad del
vehículo a las condiciones locales. Debe conducir despacio, p. ej., en curvas, antes
de y en pasos estrechos, al atravesar puertas oscilantes y en zonas de mala
visibilidad. Debe respetar siempre una distancia segura de frenado respecto a los
vehículos que le precedan, y debe mantener la carretilla siempre bajo control. Está
prohibido parar repentinamente (excepto en caso de peligro), girar con rapidez, y
adelantar en lugares peligrosos o con mala visibilidad. Está prohibido asomarse o
sacar los brazos fuera de la zona de trabajo y de mando.
Condiciones de visibilidad durante la marcha: el conductor debe mirar en el
sentido de la marcha y poseer siempre una vista suficiente del camino que está
recorriendo. La carretilla debe circular con la carga colocada atrás. Si eso no fuera
posible, p. ej., en caso de movimiento de maniobra, el conductor debe asegurarse de
que la zona de maniobra esté despejada. Si el conductor no dispone de buena
visibilidad, deberá contar con la ayuda de una persona para que le dirija por la zona
de maniobra.
Circulación por pendientes ascendentes y descendentes: la circulación por
pendientes ascendentes y descendentes sólo está permitida cuando éstas estén
consideradas vías transitables, estén limpias y no resulten deslizantes, y sean
seguras para la circulación de conformidad con las especificaciones técnicas del
vehículo. Está prohibido girar, circular en sentido transversal y estacionar la carretilla
en pendientes ascendentes o descendentes. Sólo está permitido circular por las
pendientes descendentes con una velocidad reducida y estando el freno en
disposición de frenar en todo momento.
Circulación en montacargas o rampas de carga: la circulación en montacargas o
en rampas de carga está permitida sólo si estos presentan una capacidad de carga
suficiente, tienen una estructura constructiva que los hace aptos para la circulación,
y la entidad explotadora ha autorizado la circulación en ellos. Antes de circular por
ellos, se deben comprobar esos aspectos. La carretilla se debe conducir al interior
del montacargas con la unidad de carga colocada delante y se debe colocar en una
posición que no permita el roce con la caja del montacargas.
Las personas que viajen en el montacargas a la vez sólo podrán entrar en éste
cuando la carretilla esté colocada en una posición segura; dichas personas deberán
abandonar el montacargas antes que la carretilla.
Arrastre de remolques: no se debe sobrepasar la carga máxima señalada para los
remolques de la carretilla, ya sean remolques con freno o remolques sin freno. La
carga ubicada sobre el remolque debe estar debidamente fijada y no debe
sobrepasar las dimensiones permitidas para los trayectos a recorrer. Después del
acoplado del remolque, el conductor, antes de ponerse en marcha, tiene la
obligación de verificar que el acoplamiento esté correctamente fijado y no corra
peligro de desengancharse. El manejo de carretillas remolcadoras debe efectuarse
de modo que queden garantizados una circulación y un frenado seguros del
remolque en todos los movimientos de la marcha.
M
Respete los límites de velocidad establecidos por el fabricante del remolque.
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