– una autorización de la prefectura si la capacidad de lavado es superior a cinco toneladas diarias.
– una declaración a la prefectura si la capacidad de lavado es superior a los 500 kilos diarios pero inferior o igual
a cinco toneladas diarias.
• Conforme a la ley del 15 de julio de 1975 y a los decretos del 1 de abril y 13 de julio de 1994 relativos a la elimina-
ción de los residuos de embalajes industriales y comerciales, «Todos los que estén en posesión de residuos de
embalaje que generen un volumen semanal inferior a 1100 litros pueden entregarlos al servicio local de recogida
y procesamiento. Por encima de este volumen, los que estén en posesión de residuos de embalaje tienen la obli-
gación de realizar su valorización mediante reutilización, reciclado o cualquier otra acción cuyo fin sea obtener
materiales reutilizables o energía... o cederlos por contrato a un intermediario autorizado que realice una activi-
dad de transporte, negocio o corretaje de residuos».
Estos textos prohíben por lo tanto:
– la descarga en vertedero del residuo bruto;
– el quemado al aire libre o la incineración sin recuperación de energía.
• Los embalajes de nuestras máquinas cumplen con los requisitos en materia de medio ambiente prescritos por el
decreto 98-638 del 20 de julio de 1998.
Si desea más información, no dude en contactar con nuestro departamento medioambiental.
Instrucciones de instalación
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