6.
Cuando se hayan efectuado alteraciones en los
mecanismos o partes originales del Vehículo.
7.
Cuando el propietario no esté cumpliendo o no haya
cumplido con llevar su moto a la totalidad de
revisiones técnicas indicadas en el presente manual,
dentro del kilometraje requerido, según se señala en
el mismo.
8.
Cuando el Vehículo haya sido utilizado en
competencias deportivas en alquiler, o como
Vehículo de prueba o aprendizaje de conductores.
9.
Cuando
haya
cualquier
combustible o lubricación no recomendado por
AUTECO.
10.
Cuando, por exceso de suciedad se genere alguna
avería.
EXCLUSIONES: Se encuentran excluidas tanto de la
garantía legal como de la suplementaria, las siguientes
partes (la lista que se anota a continuación es taxativa y
no enunciativa, por lo cual, las partes no incluidas
expresamente, se encuentran cubiertas por la garantía):
•De acuerdo con lo establecido por la Superintendencia
de Industria y Comercio, en el numeral 1.2.2.2.1 de la
Circular Única, se considerarán parte de desgaste las
siguientes: Llantas, neumáticos, bujías, discos de
clutch, pastillas o bandas para freno, kit de arrastre,
cable del embrague, cable de acelerador, filtro de
daño
causado
por
combustible, filtro de aceite, filtro de aire, bujes de
suspensión trasera y cunas de dirección. También se
incluyen en esa lista sustancias o materiales que, no
siendo exactamente partes, por tratarse de elementos
de consumo, también están excluidas de la garantía, a
saber: Aceite de motor, aceite de suspensión, líquido de
frenos y líquido refrigerante.
•Pintura y cromo, por su deterioro natural, por su
exposición a la intemperie, por daños ocasionados por
agentes externos como productos químicos o por actos
de terceros y choques.
•Partes o sistemas que, sin autorización de AUTECO,
hubieren sido objeto de modificaciones o alteraciones,
así como instalación de piezas que no pertenezcan al
diseño original del vehículo, interruptores, reguladores,
rectificadores, cables eléctricos, bobinas, cajas de
fusibles, unidades de encendido electrónico, baterías,
cables en general, relay, etc., cuando éstos hubieren
sido manipulados en virtud de la instalación de
dispositivos ajenos al diseño original del Vehículo
(alarmas, accesorios sonoros o electrónicos, etc.), o
cuando dichas partes resulten dañadas por razón de
lavado a presión u otras causas no inherentes a su uso
normal.
•Las partes que hubieren debido ser intervenidas en
alguna de las revisiones técnicas obligatorias, a la cual
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