GARANTÍA LIMITADA DE BRP PARA EL ÁREA ECONÓMICA EUROPEA, LA COMUNIDAD DE ESTA-
®
DOS INDEPENDIENTES Y TURQUÍA: EMBARCACIÓN PERSONAL SEA-DOO
DE 2014
6. QUÉ DEBE HACER PARA BENEFICIARSE DE LA
COBERTURA DE LA PRESENTE GARANTÍA
El cliente debe dejar de utilizar la embarcación personal Sea-Doo si surge
cualquier anomalía. El cliente debe notificar la presencia de defectos a un
concesionario o distribuidor autorizado de Sea-Doo en un plazo no superior
a dos (2) meses tras ser detectados dichos defectos, así como facilitar las
condiciones de acceso al producto para la reparación. El cliente también
debe presentar al concesionario o distribuidor autorizado de Sea-Doo el
justificante de compra, así como firmar la orden de reparación antes del
comienzo de ésta para validar la garantía. Todas las piezas sustituidas bajo
esta garantía limitada pasan a ser de la propiedad de BRP.
Tenga en cuenta que el período de notificación está sujeto a la legislación
nacional o local vigente en el lugar de residencia del 'cliente.
7. QUÉ HARÁ BRP
Hasta el grado máximo que permita la ley, las obligaciones de 'BRP según
esta garantía se limitan, según su criterio, a la reparación de las piezas que
se determinen defectuosas tras un uso, mantenimiento y servicio normales;
o bien, a la sustitución de esas piezas por piezas originales de Sea-Doo
nuevas sin coste alguno en concepto de piezas y mano de obra, en cual-
quier concesionario o distribuidor autorizado de Sea-Doo, durante el período
de cobertura de garantía según las condiciones aquí descritas. La respon-
sabilidad de BRP se limita a efectuar las reparaciones necesarias o cambiar
las piezas. Ninguna reclamación de incumplimiento de la garantía será
causa de la cancelación o anulación de la venta de la embarcación personal
Sea-Doo al propietario. Usted puede tener otros derechos legales, que
pueden variar según el país.
En caso que se requieran operaciones de servicio fuera del país original
de compra o, en el caso de los residentes en el EEE, si se requieren ope-
raciones de servicio fuera de esta región, o bien en el caso de los residen-
tes en la CEI, si se requiere servicio fuera de esta región, el propietario
asumirá el costo adicional con arreglo a las prácticas y condiciones locales,
tales como (sin exclusión de otros) los costes de transporte, seguros, im-
puestos, costos de licencias, aranceles a la importación y otras obligaciones
financieras para con los gobiernos, los estados, los territorios y sus orga-
nismos respectivos.
BRP se reserva el derecho de mejorar o modificar productos cada cierto
tiempo, sin que ello suponga ninguna obligación de modificar productos
previamente fabricados.
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