Control periódico
11.3 Indicaciones acerca de los controles periódicos
11.3.1 Disposiciones legales acerca de los plazos de los controles periódicos
Edición 11/2008
11.3 Indicaciones acerca de los controles periódicos
El DTCO 1381, incluyendo sus componentes de sistema, es un
aparato de control homologado por la CE conforme al Reglamento
(CEE) Nº 3821/85, anexo I B.
Si el DTCO 1381 está instalado en un vehículo en el que debe
estar montado por obligación un tacógrafo, este vehículo está
sujeto a la revisión obligatoria:
•
Reglamento (CEE) nº 3821/85, anexo I B, capítulo IV (Verifica-
ciones, controles y reparaciones)
En Alemania los controles obligatorios están recogidos en el
siguiente Reglamento:
•
§ 57b StVZO
La realización de las comprobaciones le incumbe al fabricante del
aparato o a los talleres autorizados y en caso de vehículos nuevos
a los constructores del vehículo.
Infórmese por las disposiciones legales vigentes en su país sobre
cómo se debe llevar a cabo el control periódico y si existen otras
pruebas obligatorias a aplicar al aparato de control CE en el marco
del control periódico.
¡Atención!
Asegúrese después de cada intervención en el sistema de que se
realicen los controles prescritos y que se precinten correctamente
los elementos a precintar después de la intervención.
Los aparatos instalados en los vehículos se someterán a un control
periódico cada vez que:
•
se repare el aparato
•
se efectúe cualquier modificación del coeficiente característico
del vehículo (valor w)
•
de la circunferencia efectiva de los neumáticos
•
si la hora UTC del aparato presenta un retraso o un adelanto de
más de 20 minutos
•
si cambia el número de matrícula
•
al menos en el plazo de dos años desde el último control
Descripción técnica DTCO 1381 – Release 1.3
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