Límites del ACC
El ACC está sujeto a los límites
del sistema descritos a conti-
nuación:
Objetos detectados: La iden-
tificación de objetos por parte
del sensor de radar se limita a
vehículos de motor que circu-
lan por delante.
Alcance del radar: El radar
tiene un alcance máximo de
aprox. 120 m. A altas velo-
cidades y con un movimiento
dinámico del propio vehículo,
p. ej. cambio de carril, puede
haber limitaciones en la iden-
tificación de objetos.
Confusión entre carriles co-
lindantes y pérdida de ob-
jetos: Con un tipo de con-
ducción inquieto, en calzadas
con curvas o si no se circula
por el centro del carril, en al-
gún caso puede ocurrir que
los vehículos detectados se
asignen a un carril incorrecto.
En ese caso, la regulación de
distancia se aplica al vehículo
incorrecto, lo que puede pro-
vocar frenadas o aceleracio-
nes inesperadas. No obstante,
gracias a la limitación de la
aceleración y deceleración
del vehículo por parte del sis-
tema, el comportamiento de
marcha no deja de ser con-
trolable por el conductor en
ningún momento.
Limitación del sistema de di-
námica de marcha: La acele-
ración y desaceleración de la
moto controladas por el ACC
son limitadas. El aumento de
la aceleración o deceleración
también está limitado. Eso
significa que no se puede
producir una fuerte acelera-
ción o deceleración repentina.
Esta limitación se ve restrin-
gida conforme aumenta el
grado de inclinación de la
motocicleta. En pendientes
muy pronunciadas y con mu-
cha carga es posible que no
puedan alcanzarse las acele-
raciones máximas en modo
ACC.
Influencias meteorológicas:
El alcance del sensor de radar
puede verse reducido por las
influencias meteorológicas.
La lluvia intensa, la nieve y la
niebla densa pueden reducir
el alcance significativamente.
Reflexiones perturbadoras:
Las reflexiones intensas, p. ej.,
por entradas en túnel o barre-
ras muy altas, pueden dificul-
tar la detección de objetos.
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