Anexo
12.1 Prescripciones de seguridad y disposiciones importantes
Generalidades
La caldera ha sido fabricada según el
Reglamento técnico de calderas 702 y conforme a las normas
EN 303, 677, 483/297, y se utiliza en instalaciones de calefacción
según EN 12828. Las condiciones de funcionamiento señaladas en
dichas normas y directrices son de obligado cumplimiento. En lo que
a las potencias térmicas nominales y a los requisitos técnicos de
calefacción se refiere, cumple la norma EN 677. Durante la instala-
ción y la puesta en funcionamiento de esta caldera, además de las
prescripciones locales sobre construcción y la normativa vigente
aplicable a los equipos de combustión, se deben respetar las
siguientes normas, reglas y directivas:
■ EN 12828: instalaciones de calefacción en edificios – planificación
de instalaciones de calefacción
■ EN 13384: sistemas de salida de humos –; procedimiento de cál-
culo calorífico y reotécnico
Instalación de gas
El instalador deberá realizar la instalación de gas conforme a las
condiciones técnicas de conexión de la empresa suministradora de
gas. La instalación deberá funcionar conforme a las condiciones
anteriormente citadas.
Conexiones de tuberías
Las conexiones de las tuberías a las calderas no deben estar some-
tidas a cargas ni tensiones.
Instalación eléctrica
La conexión y la instalación eléctricas deben realizarse conforme a
las normativas del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión
(DIN VDE 0100 y DIN VDE 0116) y a los requisitos de conexión téc-
nicos de la empresa distribuidora de electricidad.
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Instrucciones de funcionamiento
De conformidad con el apartado 5 de la norma EN 12828 y con la
norma EN 12170/12171, el instalador deberá proporcionar unas ins-
trucciones de funcionamiento de toda la instalación.
Sistema de salida de humos
Para las calderas de condensación se deben utilizar tubos de salida
de humos probados y homologados.
Agua de llenado y de rellenado
■ VDI 2035: Prevención de daños por corrosión y formación de cal
en instalaciones de calefacción por agua caliente con temperatu-
ras admisibles de servicio de hasta 100 °C.
Comprobación en el curso del procedimiento de inspección de las obras
En el curso del procedimiento de inspección de las obras, el instala-
dor autorizado comprueba si las instalaciones de condensación
cumplen lo establecido en las disposiciones vigentes en materia de
obras y en el reglamento técnico general reconocido. En las pres-
cripciones vigentes se incluyen las normativas locales de construc-
ción, sus reglamentos de aplicación o las disposiciones sobre insta-
laciones de combustión, así como los permisos y autorizaciones de
obras de las autoridades superiores de inspección en cada caso.
VIESMANN
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■ DIN 4753:instalaciones productoras de A.C.S. y agua industrial
■ DIN 1988: normas técnicas para instalaciones de agua sanitaria
(TRWI)
■ EN 298: centralitas para quemadores a gas y equipos de gas con
o sin ventilador
■ EN 676: quemador automático a gas de aire forzado
■ DVGW-CEN/TR 1749:
Normas técnicas para instalaciones de gas.
■ Hojas de trabajo DVGW G 260/I y II:
normas técnicas para las propiedades del gas
■ DIN VDE 0100: montaje de instalaciones de alta tensión con ten-
siones nominales de hasta 1000 V.
■ DIN VDE 0116: equipamiento eléctrico de los equipos de combus-
tión
Caldera de condensación a gas