EXTINTOR (MATAFUEGOS)
Para algunas versiones/mercados, el vehí-
culo dispone de un extintor de incendios, de-
lante del asiento del conductor o del pasajero
(cuando es instalado por el propietario), se-
gún la versión/modelo del vehículo adquirido.
La parte delantera del asiento del conductor
A, de algunas versiones, está prevista para la
instalación del soporte para fijación del extin-
tor de incendio.
ADVERTENCIA
El extintor debe estar de acuerdo con las
normativas legales vigentes en el país.
El extintor a ser instalado debe ser indica-
do para apagar principios de fuego de las
siguientes clases:
A - Sólidos inflamables, como caucho, plásti-
cos y espumas.
B - Líquidos inflamables.
C - Materiales eléctricos.
El extintor deberá ser inmediatamente recar-
gado cuando ocurra una de las siguientes si-
tuaciones:
•
Vencimiento del plazo de validez de la
prueba hidrostática.
•
Tras su utilización en incendios.
•
Si la aguja del manómetro estuviere fuera
de su faja normal de operación (faja ver-
de), indicando alguna avería en el cilindro,
en la válvula o en el mismo manómetro.
ADVERTENCIA
Se recomienda, también, leer las instruc-
ciones impresas en el equipo.
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