IBM eserver 325 Guia Del Usuario página 44

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ASIA Y ZONA DEL PACÍFICO
AUSTRALIA
Alcance de esta garantía: A esta sección se ha añadido el párrafo siguiente:
Las garantías especificadas en esta Sección son adicionales a los derechos que el
Cliente pueda tener en virtud de la Ley de 1974 sobre Prácticas de Comercio
(Trade Practices Act 1974) u otra legislación similar y están sólo limitadas hasta lo
permitido por la legislación pertinente.
Limitación de responsabilidad:La información siguiente se ha añadido a esta
sección:
Cuando IBM incumpla una condición o garantía que se derive de la Ley de 1974
sobre Prácticas de Comercio (Trade Practices Act 1974) u otra legislación similar, la
responsabilidad de IBM está limitada a la reparación o sustitución de los bienes o
el suministro de bienes equivalentes. Cuando dicha condición o garantía esté
relacionada con el derecho de venta, la posesión pacífica o el título de propiedad
limpio, o las mercancías sean de una clase que generalmente se adquiere para
uso o consumo personal, doméstico o familiar, no se aplicará ninguna de las
limitaciones de este párrafo.
Jurisdicción aplicable: El siguiente texto reemplaza a las "leyes del país en que
se adquirió la máquina" en la primera frase:
leyes del estado o territorio.
CAMBOYA, LAOS Y VIETNAM
Jurisdicción aplicable: El siguiente texto reemplaza a las "leyes del país en que
se adquirió la máquina" en la primera frase:
leyes del estado de Nueva York, Estados Unidos de América.
CAMBOYA, INDONESIA, LAOS Y VIETNAM
Arbitraje: Bajo esta cabecera se ha añadido la información siguiente:
Las disputas y diferencias que puedan surgir de esta Declaración de garantía
limitada, serán resueltas finalmente mediante el arbitraje que se mantendrá en
Singapur según las Normas de arbitraje del Centro Internacional de Arbitraje de
Singapur ("Normas SIAC"). El veredicto del arbitraje es definitivo y vinculante para
ambas partes, sin apelación posible y debe presentarse por escrito y exponer las
decisiones sobre cuestiones de hecho y las conclusiones de la ley.
El número de árbitros será tres; cada parte de la disputa tendrá derecho a nombrar
un árbitro. Los dos árbitros nombrados por las partes deberán nombrar un tercer
árbitro que actuará como moderador del proceso. El presidente del SIAC designará
a alguien para cubrir la posible vacante del puesto de moderador. Otras vacantes
serán cubiertas por la parte proponedora respectiva. Los procedimientos
continuarán desde el punto en que estaban cuando se produjo la vacante.
Si una de las partes rechaza o, por cualquier otro motivo, no designa un árbitro en
un período de 30 días a partir de la fecha en que la otra parte lo designa, el primer
árbitro nombrado será el único árbitro, siempre que se le nombrara de forma
correcta y válida.
Todos los procedimientos, incluidos todos los documentos presentados durante los
citados procedimientos, se llevarán a cabo en inglés. La versión inglesa de esta
Declaración de garantía limitada prevalece sobre las versiones en otros idiomas.
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IBM Eserver 325 Tipo 8835: Guía del usuario

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