4.5
Dispositivos de seguridad y letreros de advertencia
Dispositivos de seguridad y letreros de advertencia: es obligatorio respetar
siempre los dispositivos de seguridad, los letreros de advertencia y las indicaciones
de advertencia descritas en el presente manual de instrucciones.
1. Tejadillo protector del conductor
– Las carretillas para elevaciones de gran altura con y sin conductor (incluidas las
carretillas recogepedidos) deben estar dotadas de un tejadillo protector del
conductor que haya sido fabricado siguiendo las indicaciones del fabricante
conforme a la norma ASME B56.1-2004.
– El tejadillo protector del conductor ha sido concebido para proteger al conductor de
los objetos que pudieran caerse; sin embargo, no supone una protección integral
para todo posible accidente. Por tanto, el operario no debe presuponer que puede
prescindir de adoptar decisiones razonables y de tomar precauciones durante la
carga, el transporte, el apilamiento, etc. porque cuente con este dispositivo de
seguridad.
– En colaboración con el fabricante, la entidad explotadora puede optar por el
empleo de un tejadillo protector del conductor reforzado o un tejadillo protector del
conductor con un pequeño orificio.
– Cuando se manipulen cargas por encima del mástil, es de vital importancia adoptar
decisiones correctamente razonadas y extremar la precaución al máximo.
2. Excepciones
– La altura estándar del tejadillo protector del conductor y del espacio libre en sentido
vertical por debajo del mismo se puede reducir para permitir el servicio con dicho
tejadillo protector del conductor también en el caso de que haya obstáculos por
encima de la cabeza que limiten la altura total de la carretilla.
Sólo está permitido realizar modificaciones cuando se cuente con la autorización
por escrito del fabricante.
Sistemas de aviso: todas las carretillas deben disponer de una bocina indicadora,
un silbato, una señal acústica (tipo "gong") u otros sistemas acústicos que puedan
ser accionados por el operario.
La entidad explotadora deberá decidir si las condiciones de servicio requieren que la
carretilla disponga de sistemas acústicos u ópticos adicionales (como, por ejemplo,
luces de servicio o luces de marcha atrás), y es responsable del uso y el
mantenimiento de dichos sistemas.
La entidad explotadora, en colaboración con el fabricante, debería determinar el / los
intervalo/s temporal/es de accionamiento de los sistemas de aviso.
En función de las necesidades, se deberán utilizar señales de tráfico, sistemas de
aviso y otros dispositivos de seguridad para advertir al personal del peligro que
pueda suponer el contacto con las carretillas o con las instalaciones activadas por
las mismas, y para protegerlos frente a dicho peligro. Entre estas instalaciones se
incluyen las que deban interactuar con el sistema de la carretilla.
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