Descargar Imprimir esta página

Emiliana Serbatoi CTK Serie Manual De Uso Y Mantenimiento página 62

Publicidad

Idiomas disponibles
  • ES

Idiomas disponibles

15. EXENCIÓN PARCIAL -
RESUMEN DE LOS REQUISITOS (CAP. 3.2.2.)
Como ya hemos analizado en el capítulo 3.2.2, cuando la cantidad de las sustancias peligrosas a bordo de un vehículo resulta comple-
tamente inferior a determinados límites, el ADR prevé algunas exenciones respecto a los requisitos normalmente aplicables . Tal régimen
es llamado de exención parcial.
15.1 REQUISITOS NO APLICABLES
– El chófer no posee la licencia ADR.
– Los paneles anaranjados de peligro no deben ser expuestos por delante y por detrás el vehículo.
– Es posible la presencia a bordo de pasajeros, además de los miembros de tripulación siempre admitidos
– No son obligatorias las instrucciones de seguridad ADR.
– No son obligatorios particulares equipamientos personales y vehiculares (en todo caso recomendados).
– La empresa no está obligada al nombramiento de un Consultor habilitado para la seguridad del Transporte (D.lgs. 35/2010).
15.2. OBLIGACIONES/PROHIBICIONES RESIDUALES
Permanecerán en todo caso las siguientes obligaciones:
– Deben ser utilizados embalajes (o GIR/IBC) homologados.
– Es necesario disponer de al menos n° 1 extintor de polvos ABC min. 2 kg, apto también a extinguir el incendio del motor, fácilmente
accesible, sellado y sujeto a control semestral como figura en la etiqueta.
– El eventual dispositivo portátil de iluminación debe ser conforme a los requisitos antichispa. NB. En el caso de la gasolina debe ser
ATEX.
– Es obligatorio el documento de Transporte ADR correctamente completado, incluida la documentación resumida del cálculo de la can-
tidad de mercancía peligrosa efectivamente transportada, necesaria para demostrar de no haber superado los cuantitativos máximos
admitidos para la exención (véase cap. 5).
– Es obligatorio respetar el grado máx. de llenado de los embalajes (Véase cap. 12.2).
– Es obligatorio verificar que el GIR/IBC, no se encuentre dañado, en particular por cuanto concierne a los cierres y dispositivos estanqueidad.
– Los bultos deben mantenerse limpios de cualquier eventual residuo de mercancía peligrosa en su exterior.
– Debe ser garantizada a los bultos una estabilidad adecuada contra cualquier posible golpe o movimiento sobre la plataforma de carga
del vehículo, garantizando la visibilidad de las etiquetas de peligro.
– Es obligatorio mantener en buen estado, y si es necesario sustituir, las etiquetas de peligro adhesivas.
– Después de cada eventual derrame de sustancias peligrosas sobre la plataforma de carga, la misma debe ser limpiada completamente a fondo.
– Debe ser asegurada una adecuada formación al personal de despacho, transporte, carga y descarga; la formación debe estar relacio-
nada con las responsabilidades de los empleados y referidas particularmente a los peligros específicos de las materias transportadas
con ocasión de un accidente durante el transporte o durante las operaciones de carga/descarga.
La formación debe ser documentada y actualizada todas las veces que intervienen cambios en la reglamentación (ADR o Código de Circulación
15.3. PROHIBICIONES ABSOLUTAS
Permanecerán en todo caso las siguientes prohibiciones:
-
De fumar (en el vehículo y en sus proximidades)
-
De manipular los bultos transportados
- De utilizar para la iluminación llamas libres (por ejemplo encendedores)
- De transportar bultos (GIR/IBC) en presencia de pérdidas de contenido o no adecuadamente fijados a la plataforma de carga.
-
De transitar dentro de galerías o túneles en cuya entrada se presenta el cartel "prohibido el tránsito de mercancías peligrosas".
-
De utilizar GIR/IBC más allá de los vencimientos previstos por el informe de puesta en servicio o en los informes de inspección periódica.
16. RIESGOS RESIDUALES
A continuación se resumen los riesgos residuales y relativas reglamentos presente durante el uso del GIR/IBC y que no pueden ser
eliminados.
RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN:
- Permanece el riesgo derivado de la realización de conexiones eléctricas de tipo móvil (por ejemplo cocodrilos), por lo tanto se reco-
mienda la predisposición, a cargo del usuario, de conexión vehicular permanente con interruptor de batería;
-
El IBC, durante el Transporte, debe estar conectado de manera equipotencial con el chasis metálico del vehículo, en particular en
cuando la plataforma de carga tenga características de aislamiento eléctrico (por ejemplo madera);
En el caso en que se encuentren a bordo más mercancías peligrosos pertenecientes a Clases ADR y grupos de embalaje diferentes, para el cálculo de la cantidad
4
máxima de mercancía peligrosa transportable en régimen de exención parcial, por favor consulte el cap. 1.1.3 ADR.
Tenga en cuenta, sin embargo, que de acuerdo con las disposiciones nacionales vigentes, existe una prohibición de llevar a bordo de los camiones personas
5
diferentes a aquellas que no tienen una directa y demostrable función relacionada con la carga/descarga/Transporte.
Esto significa que la misma posesión de la licencia ADR por parte del chófer puede no ser suficiente para cumplir con el requisito, en el caso en que hayan interve-
6
nido modificaciones a la normativa ADR posteriores con respecto a la fecha de emisión.
En tal caso la Empresa debe asegurar al chófer una adecuada formación adicional, documentándola en el archivo personal del empleado.
ES
62
.
52
63
MAN_CTK-HT_Rev.4 del 12.2023

Publicidad

loading