Garantía relacionada con las
emisiones - EPA
GARANTÍA LIMITADA DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DE EMISIONES
FEDERALES Y DE CALIFORNIA PARA MOTORES NO DE CARRETERA
DE CATEGORÍA 1
La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA), la Junta de Recursos del Aire de California
(CARB), y BETA MARINE se complacen en explicar la garantía del sistema de control de emisiones federal
y de California en su motor no de carretera. En California, los motores no de carretera deben ser diseñados,
construidos y equipados para cumplir con las estrictas normas anti-smog de California adoptadas por la
Junta de Recursos del Aire en virtud de su autoridad en el Capítulo 1 y 2, Parte 5, División 26 del Código
de Salud y Seguridad de California. En otros estados de EE.UU., los nuevos motores no de carretera sujetos
a las disposiciones del 40 CFR 1039 subparte A deben ser diseñados, construidos y equipados, en el
momento de la venta, para cumplir con la normativa de la EPA de EE.UU. para motores no de carretera.
BETA MARINE debe garantizar el sistema de control de emisiones de su motor de encendido por
compresión durante el período de tiempo que se indica a continuación, siempre que no haya habido abuso,
vandalismo, negligencia, mantenimiento inadecuado o modificaciones no aprobadas en su motor. Esta
garantía de emisiones es aplicable en todos los estados de EE.UU., sus provincias y territorios,
independientemente de que un estado, provincia o territorio individual haya promulgado disposiciones de
garantía que difieran de las disposiciones de la garantía federal.
Su sistema de control de emisiones puede incluir piezas como el sistema de inyección de combustible y el
sistema de inducción de aire. También puede incluir mangueras, correas, conectores y otros conjuntos
relacionados con las emisiones.
Cuando exista una condición garantizada, BETA MARINE reparará su motor sin coste alguno para usted,
incluyendo el diagnóstico (si el trabajo de diagnóstico se realiza en un distribuidor autorizado), las piezas y
la mano de obra.
DISEÑO DE LAS EMISIONES Y COBERTURA DE LA GARANTÍA POR DEFECTOS
El período de garantía de emisiones para el motor comienza en la fecha original de venta al comprador
inicial y continúa para cada comprador posterior durante el período mencionado a continuación.
El período de garantía de emisiones para los motores de recreo es de 500 horas de funcionamiento o cinco
(5) años de uso, lo que ocurra primero.
El período de garantía de emisiones para los motores comerciales con una potencia inferior a 19kW (25Hp)
es de 1500 horas de funcionamiento o dos años y medio (2,5) de uso, lo que ocurra primero.
El período de garantía de emisiones para los motores comerciales de 19kW (25Hp) y menos de 37kW
(50Hp) es de 2500 horas de funcionamiento o tres años y medio (3,5) de uso, lo que ocurra primero.
El período de garantía de emisiones para motores comerciales de 37kW (50Hp) o más es de 5000 horas
de funcionamiento o cinco (5) años de uso, lo que ocurra primero.
Si cualquier pieza relacionada con las emisiones de su motor está defectuosa dentro del período de garantía
pertinente anterior, la pieza será reparada o sustituida por BETA MARINE sin cargo alguno.
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