Sección 3 - En el agua
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Usar dispositivos de flotación personales. La ley federal de Estados Unidos exige
que haya un chaleco salvavidas (dispositivo de flotación personal) autorizado por
el U.S. Coast Guard (servicio de guardacostas de EE.UU.), del tamaño correcto y
de fácil acceso por cada persona a bordo, además de un cojín o anillo para arrojar
al agua. Se recomienda encarecidamente que todas las personas usen un chaleco
salvavidas mientras estén a bordo.
Enseñar a otras personas a conducir la embarcación. Instruir al menos a una
persona a bordo sobre los conocimientos básicos del arranque y puesta en marcha
del motor y el manejo de la embarcación en caso de que el piloto quede inhabilitado
o se caiga al agua.
No sobrecargar la embarcación. La mayoría de las embarcaciones se catalogan y
certifican para capacidades de carga máxima (peso) (consultar la placa de
capacidad de la embarcación). Conocer las limitaciones de funcionamiento y carga
de la embarcación. Averiguar si la embarcación flota estando llena de agua. En
caso de duda, ponerse en contacto con el concesionario/distribuidor autorizado de
Cummins MerCruiser Diesel o el fabricante de la embarcación.
Comprobar que todos en la embarcación estén bien sentados. No permitir que
nadie se siente ni viaje en alguna parte de la embarcación que no se haya diseñado
para ese fin. Esto incluye los respaldos de los asientos, las regalas, el peto de
popa, la proa, las cubiertas, los asientos de pesca elevados y cualquier asiento de
pesca giratorio; cualquier lugar donde una aceleración inesperada, parada
súbita, pérdida inesperada del control de la embarcación o movimiento súbito de
la embarcación pueda ocasionar la caída de una persona dentro o fuera de la
embarcación. Verificar que todos los pasajeros tengan un asiento adecuado y que
lo estén ocupando antes de cualquier movimiento de la embarcación.
La ley estipula que nunca debe navegarse bajo la influencia de alcohol o
estupefacientes. El alcohol y los estupefacientes perjudican el razonamiento y
reducen en gran medida su habilidad de reaccionar rápidamente.
Conocer el área por la que se navega y evitar lugares peligrosos.
Permanecer alerta. La ley señala que el operador de la embarcación es
responsable de mantener una vigilancia apropiada, tanto visual como auditiva. El
operador debe tener una visión libre, particularmente hacia el frente. Ningún
pasajero, carga o asientos de pesca deben bloquear la visión del operador si la
embarcación navega a velocidad mayor que la de ralentí o de transición de
planeo. Estar atento al agua, la estela y la posible presencia de otras personas.
No seguir nunca con la embarcación a un esquiador acuático, ya que puede
caerse. Por ejemplo, la embarcación a una velocidad de 40 km/h (25 MPH)
adelantará a un esquiador acuático que se haya caído al agua y que esté a 61 m
(200 ft.) de usted, en cinco segundos.
Estar atento a los esquiadores que se hayan caído. Al usar la embarcación para la
práctica del esquí acuático o actividades similares, mantener siempre el esquiador
caído en el costado de la embarcación correspondiente al operador, mientras se
regresa para prestarle asistencia. El operador siempre debe mantener a la vista al
esquiador caído y nunca debe retroceder en dirección al mismo o a cualquier otra
persona en el agua.
Los accidentes deben comunicarse. La ley obliga a los operadores a presentar un
parte de accidente de navegación a la autoridad competente en el caso de que la
embarcación haya estado implicada en un accidente de navegación. Es obligatorio
comunicar un accidente si 1) ha habido pérdida de vidas humanas o probabilidad
de ella, 2) se han producido lesiones personales que precisen un tratamiento
médico ulterior a los primeros auxilios, 3) se han producido daños a otras
embarcaciones o propiedades cuyo valor exceda 500,00 dólares estadounidenses
o 4) si la embarcación es siniestro total. Solicitar ayuda adicional a las autoridades
locales.
CMD-4082057 / 90-866933J81 NOVIEMBRE 2008