ES
9.
ELIMINACIÓN
DEL EQUIPO
ADVERTENCIA: El equipo debe ser objeto de
una recogida diferenciada de acuerdo con la
normativa vigente.
Para la puesta fuera de servicio definitiva del equipo,
aténgase a lo indicado a continuación, en cumplimien-
to del Decreto Legislativo 49/2014 que transpuso la se-
gunda directiva 2012/19/UE sobre Residuos de Aparatos
Eléctricos y Electrónicos (RAEE).
La eliminación del equipo es organizada y gestionada por
el Fabricante. Para deshacerse del equipo, póngase en
contacto con el Fabricante y siga el sistema que este
haya adoptado para permitir la recogida separada de los
equipos al final de su vida útil.
Una recogida selectiva adecuada para el posterior pro-
cesamiento del equipo fuera de servicio para su recicla-
do, tratamiento y eliminación respetuosa con el medio
ambiente contribuye a evitar posibles efectos negativos
sobre el medio ambiente y la salud y fo-
menta la reutilización y/o reciclado de los
materiales que componen el equipo.
La eliminación no autorizada del equipo
por parte del poseedor conlleva la apli-
cación de las sanciones administrativas
previstas por la normativa vigente.
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