Dicha adecuación debe ser realizada por el Servicio de Asistencia IVECO.
2.18 TRANSPORTE DE MERCADERÍAS PELIGROSAS (ADR)
El Montador que lo necesite puede solicitar una "Declaración" con el detalle de los apartados del documento
ECE/TRANS/WP.15/213 que ya han sido aplicados en el vehículo desde el origen.
2.19 APLICACIÓN DE UN RALENTIZADOR
Aplicación no prevista
2.20 ANTIEMPOTRAMIENTO TRASERO (RUP)
La distancia máxima permitida entre el dispositivo antiempotramiento trasero (RUP = Rear Underrun Protection) y la parte más
alejada de la superestructura, es de 400 mm, menos la deformación detectada en fase de homologación (aproximadamente 10
mm).
Cuando las modificaciones al chasis requieran adecuar el voladizo trasero, se debe reubicar el dispositivo antiempotramiento co-
nectándolo al chasis como estaba previsto en la versión original.
Para la transformación del vehículo o la aplicación de equipamientos especiales (por ej.: compuertas de carga traseras), puede ser
necesario modificar la estructura del dispositivo antiempotramiento. Esta operación no debe modificar las características de resis-
tencia y rigidez originales.
Es necesario presentar a las Autoridades competentes los certificados de ensayo o la documentación que validen la adecuación del
dispositivo modificado a las normativas vigentes.
2.21 GUARDABARROS TRASEROS Y PASARRUEDAS
En los vehículos con cabina, suministrados sin guardabarros traseros, el Ensamblador debe implementar soluciones equivalentes a
las previstas por IVECO.
Para la realización de los guardabarros, de los compartimientos pasarruedas y para la conformación de la superestructura, tener
presente que:
●
las ruedas deben poder moverse libremente aunque se utilicen cadenas; si es necesario, solicitar al Servicio de Asistencia las
indicaciones sobre los valores límite;
●
el guardabarros debe ser más ancho que el espacio máximo ocupado por los neumáticos, respetando los límites previstos por
las Normativas;
●
la estructura de soporte del guardabarros debe ser adecuadamente sólida y apta para limitar las vibraciones;
●
se puede conectar en el nervio vertical de los largueros del vehículo (utilizando exclusivamente los orificios existentes) o bien
directamente debajo de la superestructura aplicada (véase Figura 11).
El primero y el segundo punto se aplican también para la realización de los compartimientos pasarruedas.
– Printed 603.95.998 – 1 Ed. - base 05/2015
DAILY MCA2014 4x4 ‒ DIRECTIVAS MONTADORES
2.18 TRANSPORTE DE MERCADERÍAS PELIGROSAS (ADR)
INTERVENCIONES EN EL CHASIS
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