DAILY MCA 2014 ‒ DIRECTIVAS MONTADORES
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INTERVENCIONES EN EL CHASIS
2.9 INTERVENCIONES EN LAS SUSPENSIONES
2.9 INTERVENCIONES EN LAS SUSPENSIONES
Las suspensiones y los muelles forman parte de la seguridad durante la marcha del vehículo, por
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lo tanto las modificaciones de los mismos (por ejemplo: agregar hojas, modificar la curvatura,
etc.) deben ser aprobadas por IVECO.
Normalmente las suspensiones parabólicas no se pueden modificar. En los vehículos equipados con dichos tipos de muelles, para
equipamientos o usos especiales, se puede autorizar la aplicación de elementos elásticos de goma para aumentar la rigidez de la
suspensión. En casos excepcionales y para usos específicos, se puede evaluar la posibilidad de agregar hojas suplementarias en los
muelles parabólicos; la tarea debe ser llevada a cabo por un fabricante de muelles especializado y con la aprobación de IVECO.
No se permite utilizar en el mismo eje, un muelle parabólico en un lado y un muelle de tipo semielíptico en el otro.
Los vehículos equipados con el opcional "Corrector de frenado del sistema de frenos", requieren la adaptación del mismo antes de
efectuar modificaciones en la suspensión trasera (véase Apartado "Corrector de frenado ( ➠ Página 53)").
En los vehículos equipados con sistema ESP no se permite modificar las suspensiones. Véase el
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Capítulo 2.15 - Apartado "Degradación del sistema ESP".
Transformación de la suspensión mecánica en neumática
Este tipo de transformación es absolutamente crítico porque involucra grupos y componentes esenciales para la seguridad activa
del vehículo; por lo tanto requiere la aprobación técnica de IVECO.
Es evidente que la transformación implica la implementación exclusiva de las soluciones de uso normal para la producción (layout,
grupos y puestas a punto) y que IVECO no asume ningún tipo de responsabilidad.
Camper 35C, batalla 3750 mm o 3950 mm, chasis aligerado
Previa autorización de IVECO, es posible modificar la suspensión mecánica original mediante la instalación de fuelles neumáticos
adicionales de dimensiones adecuadas. Respetar rigurosamente las presiones máximas de inflado previstas por el fabricante, para
evitar una excesiva rigidez del vehículo que reduciría el confort y las condiciones de conducción.
Nota La adecuación de la suspensión implica modificar el sistema ESP de control de la estabilidad (véase Apartado "Degradación del
sistema ESP" ( ➠ Página 56)).
Modificaciones en la suspensión neumática (equipamiento para furgón tienda)
Previa autorización de IVECO, se permiten eventuales modificaciones de la suspensión neumática original.
Modificaciones de la suspensión trasera (sólo vehículos con corrector de frenada)
La modificación de las características de los muelles de la suspensión posterior (por ejemplo: nº de hojas, cargas de intervención,
etc.) implica la adecuación de los datos de regulación del corrector de frenada. Si en cambio, el vehículo está equipado con ABS, no
se necesita ninguna regulación.
Cuando las intervenciones en la suspensión son causadas por importantes variaciones de las cargas en los ejes o a variaciones de la
masa total del vehículo, puede ser necesaria la adecuación de las fuerzas de frenado, para no infringir las disposiciones legales. Las
autorizaciones emitidas por IVECO incluyen las indicaciones necesarias.
En cambio, si la modificación de las características del muelle posterior no prevé variaciones de carga en los ejes o variaciones de la
masa total, la modificación de la regulación del corrector de frenada puede ser realizada por un taller autorizado.
Para no alterar la capacidad de freno del vehículo, en todas las condiciones de carga se debe respetar la relación "carga a
tierra/presión de frenado" indicada en la placa del corrector.
Para regular el corrector se puede proceder como se indica en el Apartado "Corrector de frenado" ( ➠ Página 53), y aplicar en el
orificio (9) una carga acorde con las características de rigidez del muelle nuevo.
Si no es posible respetar dicha relación, en todas las condiciones de carga, consultar con IVECO, para verificar nuevamente si no se
están infringiendo las normas legales.
– Printed 603.95.793 – 2 Ed. - base 11/2015