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S
AS/AT/AD Euro 4/5
APLICACIÓN DE SUPERESTRUCTURAS
TRALIS
El carrocero evaluará la necesidad, en cada caso, de aplicar estabilizadores incluso en las ocasiones en que el chasis sufriera un
esfuerzo que no exigiera su aplicación; al realizar este examen, en función de la capacidad de la compuerta de carga, se considerará
la estabilidad y la geometría del vehículo en función del aflojamiento de las suspensiones y del chasis durante la fase operativa de
la compuerta.
Los estabilizadores que se fijen a la estructura de sujeción de la compuerta serán preferentemente hidráulicos y su instalación será
válida para todas las condiciones de carga de la compuerta.
Se comprobará que la estabilidad del vehículo, en cualquier condición de funcionamiento de la compuerta de carga, cumpla con
lo establecido por las normas vigentes.
Para reducir la flexión elástica del chasis, inevitable cuando se utiliza la compuerta de carga, el carrocero podrá utilizar perfiles de
refuerzo de dimensiones superiores respecto de los valores mínimos indicados en los Cuadro 3.16 y 3.17.
Las dimensiones de los perfiles indicados en el Cuadro 3.16, son aplicables a los voladizos posteriores indicados. Para voladizos super-
iores será necesario comprobar la necesidad de aplicar los estabilizadores o perfiles de mayores dimensiones (véase Cuadro 3.17).
La instalación de compuertas de carga será realizada teniendo en cuenta las cargas máximas admisibles sobre el eje o ejes posteriores
y la carga mínima establecida para el eje anterior (véase punto 1.13.3); si esto no se cumpliera, deberá reducirse el voladizo posterior.
En la instalación de compuertas de carga electrohidráulicas, deberá comprobarse la suficiente capacidad de las baterías y la potencia
del alternador (véase punto 5.5).
En los vehículos con un tercer eje levantable, el uso de la compuerta de carga con el eje levantado está permitido sólo con el uso
de estabilizadores.
El carrocero se encargará de modificar el travesaño antiempotramiento o de colocar otro de nuevo tipo (véase punto 2.20), si ello
fuera necesario, y de cumplir con la normativa referente a la visibilidad de las luces posteriores, de los ángulos del voladizo y de la
colocación del gancho de remolque, previstos por las respectivas normativas nacionales.
Instalación de compuertas posteriores de carga
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Base - Enero 2008