T
Euro 4/5
RAKKER
6) Calentador independiente.
Deberá ser seguro por lo que se refiere a la protección contra incendio y estar situado en la parte anterior del panel trasero
de la cabina, al menos a 80 cm del piso, protegido respecto de las partes que se calientan.
7) Limitador de velocidad.
Obligatorio para vehículos con PTT superiores a 12 ton; debe reunir los requisitos establecidos por la Directiva CE vigente y
estar calibrado para 85 km/h.
8) Equipamiento.
Por lo menos dos extintores, dos lámparas portátiles independientes de la instalación eléctrica del vehículo y cuyo funcionamien-
to no pueda provocar la combustión de la mercancía transportada.
9) Tercer eje.
El dispositivo de elevación eléctrico del 3er. eje deberá ser colocado fuera de los largueros del chasis, dentro de una caja estanca.
Comprobar con IVECO la eventual disponibilidad de estos equipamientos para nuestros modelos.
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MODIFICACIÓN DEL CHASIS
Transporte de mercancías peligrosas ADR
Base - Enero 2008
2-63