2.1 NORMAS GENERALES PARA LAS MODIFICACIONES PARA REALIZAR EN EL AUTOBASTIDOR
INTERVENCIONES EN EL AUTOBASTIDOR
2.1 NORMAS GENERALES PARA LAS MODIFICACIONES PARA REALIZAR EN EL AUTOBAS-
TIDOR
Se debe tener presente que:
●
están absolutamente prohibidas las soladuras en las estructuras portantes del chasis (a excepción de lo indi-
cado en el Apartado "Soldaduras" ( ➠ Página 9) y en los Capítulos 2.4 ( ➠ Página 15) y 2.5 ( ➠ Página 18));
●
no se permiten orificios en las alas de los largueros (excepto lo indicado en los Apartados "Soldaduras" ( ➠ Página 9)
y "3.3 Elección del tipo de conexión" ( ➠ Página 12));
●
en los casos en los cuales se permite modificar las conexiones realizadas con clavos, estos pueden ser reemplazados por torni-
llos y tuercas de cabeza rebordeada, o por tornillos de cabeza hexagonal de clase 8.8 con diámetro inmediatamente superior
y tuercas con sistema fija-rosca. No se deben utilizar tornillos superiores a M14 (diámetro máximo del orificio 15 mm), salvo
indicación contraria;
●
si se restablecen conexiones que utilizan tornillos, es obligación controlar el estado de los tornillos antes de volver a utilizarlos
y efectuar el apriete con un par adecuado;
En el caso de montaje de componentes de seguridad, se prohíbe reutilizar los tornillos ya usados
▶
y es obligación apretar aplicando el par previsto (comunicarse con la Red de Asistencia para co-
nocer el valor).
●
en los casos de montaje de componentes de seguridad y cuando se sustituyen clavos por tornillos, se debe volver a controlar
el cierre de la conexión después de un kilometraje aproximado de 500 - 1000 km.
Precauciones especiales
Durante los trabajos de soldadura, perforación, amoladura o corte realizados cerca de tuberías
▶
del sistema de frenos o de cables eléctricos, se debe desconectar siempre la batería para no da-
ñar las centralitas electrónicas. Además se debe tomar las convenientes precauciones para la
protección de tales tuberías y cables, y también, si fuera necesario, prever el desmontaje (respe-
tar las indicaciones de los Capítulos 2.15 y 5.7).
– Printed 692.68.444 – 2 Ed. - base 03/2016
EUROCARGO MY2015 ‒ DIRECTIVAS MONTADORES
INTERVENCIONES EN EL AUTOBASTIDOR
91444
Figura 1
5