Esta garantía limitada es la única garantía aplicable al GII recargable y Boston Scientific
rechaza expresamente cualquier otra garantía, expresa o implícita, incluida toda garantía de
comerciabilidad o adecuación para un fin determinado. De acuerdo con esta garantía limitada,
Boston Scientific será responsable únicamente de reemplazar el GII recargable por otro GII
recargable de funcionalidad equivalente fabricado por Boston Scientific, y no tendrá ninguna
obligación por ningún daño (ya sea directo, indirecto, consecuente o incidental) causado por el GII
recargable, ya se trate de una reclamación basada en garantía, contrato, responsabilidad jurídica
o cualquier otra.
Boston Scientific rechaza cualquier responsabilidad con respecto a los instrumentos reutilizados,
reprocesados o reesterilizados y no ofrece garantía alguna con respecto a ellos, ya sea expresa
o implícita, incluidas, entre otras, las de comerciabilidad y adecuación para el uso al que están
destinados.
Garantía Limitada – Electrodos
Boston Scientific Corporation (en adelante Boston Scientific) garantiza al paciente que los
electrodos de ECP, extensiones de electrodo y fundas de electrodo están libres de defectos de
fabricación o de materiales durante un (1) año desde la fecha de compra.
Esta Garantía limitada cubre cualquier electrodo, extensión o funda que no funcionen
adecuadamente dentro de las tolerancias normales durante un período de un (1) año a partir de la
fecha de cirugía. La responsabilidad de Boston Scientific según la cobertura de esta garantía se
limita a lo siguiente: (a) sustitución del electrodo, extensión o funda por otro que tenga funciones
equivalentes; o (b) reembolso de una cantidad igual al precio de compra original para su uso en
la adquisición de un nuevo electrodo, extensión o funda. Las reclamaciones de productos bajo la
cobertura de la garantía limitada de Boston Scientific están sujetas a las condiciones y limitaciones
siguientes:
1. La tarjeta de registro del producto debe cumplimentarse y remitirse a Boston Scientific en un
plazo de 30 días a partir de la fecha de cirugía para acceder a los derechos de la garantía.
2. El electrodo, extensión o funda se deberán enviar a Boston Scientific (o a su agente
autorizado) en un plazo de 30 días a partir del fallo de funcionamiento o de la detección del
defecto y pasará a ser propiedad de Boston Scientific.
3. El electrodo, la extensión o la funda deberán haberse implantado con anterioridad a la fecha
de caducidad que se indica en el envase.
4. El fallo del electrodo, la extensión o la funda deberá ser confirmado por Boston Scientific.
Esta garantía excluye expresamente los defectos o fallos en el funcionamiento provocados
por: (a) incendios, inundaciones, rayos, catástrofes naturales, daños por agua y otras
adversidades que se definen comúnmente como "causas de fuerza mayor"; (b) accidente,
mal uso, abuso, negligencia o que el cliente le dé al electrodo, extensión y funda un uso
diferente del que se indica en las instrucciones del fabricante; (c) intentos no autorizados de
reparación, mantenimiento o modificación del equipo por parte del cliente o de terceros no
autorizados; o (d) incorporación de cualquier otro equipo no suministrado por Boston Scientific
sin aprobación previa.
(a). Esta garantía no incluye los accesorios quirúrgicos utilizados con el electrodo, la extensión
o la funda.
Garantía Limitada – Electrodos
Información para médicos del Vercise Gevia™
91168753-02 Rev A 43 de 505